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30 de marzo de 2015: vence el plazo para enviar a la Cuenta de Alto Costo el reporte de información: Hemofilia

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Con fundamento en lo reglamentado por la Resolución 123 de 2015 expedida por Ministerio de Salud y Protección Social, se recuerda a las entidades administradoras de planes de beneficios EAPB pertenecientes a los regímenes, contributivo, subsidiado, especial, de excepción, que el reporte de información de pacientes diagnosticados con hemofilia y otras cuagulopatías asociadas al déficit de factores de coagulación, debe reportarse antes del 30 de marzo de 2016 en la aplicación web dispuesta por la Cuenta de Alto Costo. Por otra parte, la Secretaria de Salud Departamental del Cauca, recibirá de las direcciones municipales de salud, el reporte de información de pacientes diagnosticados con hemofilia y otras cuagulopatías asociadas al déficit de factores de coagulación de la población pobre no afiliada, antes del 20 de marzo de 2016 al correo electrónico alexander.agreda(a)saludcauca.gov.co, esto con el propósito de disponer de tiempo suficiente para validar el contenido de los archivos planos y solicitar el ajuste de cualquier inconsistencia, considerando que los registros reportados serán auditados por la Cuenta de Alto de Costo.

Las instituciones prestadoras de servicios de salud del departamento del Cauca, con fundamento en el Artículo 114 de la Ley 1438 de 2011, son responsables de recolectar y reportar a las entidades administradoras de planes de beneficios EAPB pertenecientes a los regímenes, contributivo, subsidiado, especial, de excepción; así como a la dirección municipal de salud en el caso de población pobre no afiliada, el registro de información de pacientes diagnosticados con hemofilia y otras cuagulopatías asociadas al déficit de factores de coagulación con fecha de corte a 31 de enero de 2016, según la estructura y contenido establecido en la Resolución 123 de 2015. En consecuencia, las IPS deben entregar un archivo de texto plano, delimitado por tabulaciones, donde cada fila o registro debe tener la totalidad de los campos diligenciados y representa un paciente entre la fecha de corte respectiva y la medición anterior.

Las solicitudes de asistencia técnica en las características de los archivos planos las deben realizar al correo electrónico alexander.agreda(a)aludcauca.gov.co y las solicitudes en temas clínicos al correo electrónico kelly.tello(a)saludcauca.gov.co.

pdfDescargar Circular externa No. 046 de 2016

Descargar Resolución 123 de 2015